lunes, 2 de noviembre de 2009

El Contrato de Trabajo

El contrato de trabajo en el sistema jurídico de la Republica Dominicana, constituye una excepción al régimen contractual imperante, toda vez que el mismo responde a la escuela socialista de los contratos, conforme a la cual el estado debe intervenir la voluntad de las partes, a los fines de evitar el abuso de los derechos.

En efecto, si bien el régimen contractual dominicano sigue los lineamientos de la escuela del “Con sensualismo Jurídico”, fundamentado en el principio de la autonomía de la voluntad de las partes, en el contrato de trabajo esa voluntad se encuentra relegada, al interés proteccionista del derecho laboral, el se aprecia perfectamente en el principio V, el cual señala que “Los derechos reconocido por la ley a los trabajadores, no pueden ser objeto de renuncia o limitación convencional” .

Es evidente que el legislador ha pretendido darle un carácter especial a las relaciones de naturaleza laboral, en parte consciente de situación de asimetría que se advierte de forma constante entre las partes. Se pudiera afirmar que de no existir esa intervención estatal, hoy la jornada de trabajo ordinaria no seria de cuarenta y ocho horas de trabajo diario; o mas aun no existiera el salario mínimo, por lo que gracias a esa intromisión del estado, los trabajadores gozan de ciertos limitados derechos.